RSS

Las bases de la educación del S. XXI La Pepa

Celebrando el día de la Constitución Española, y viviendo en la situación que vivimos, tuve curiosidad por ver qué nos decía La Pepa respecto a la educación (musical). Tanta reforma educativa que tenemos.... y debemos echar la vista atrás para observar lo que sí fue un auténtico avance en materia educativa, y no lo que tenemos ahora, mucho cambio superficial incrementando horas, eliminando materias... pero no la manera de abordar la disciplina en cuestión.

Nuestras bases comienzan aquí...
 Once upon a time...

Gaspar Melchor de Jovellanos, mostrando una evidente preocupación respecto a la enseñanza española, redacta en 1809 las Bases para la formación de un plan general de instrucción pública y que servirá como precedente de la Pepa en ese ámbito. En lo referente a música, aún la considera como una habilidad algo secundaria, pero que si se añade a las que parecen considerarse fundamentales

[...] se conducirá a perfeccionar la educación y extender la instrucción pública del reino.
La creación del Real Conservatorio Superior de Madrid en 1831, aunque no consecuencia directa de la Constitución, contribuyó a la toma de conciencia de la importancia de la educación musical.

En lo referente a educación, la Constitución marca:



Aunque la primera idea hoy día no supone una novedad, en aquel entonces fue muy importante.

El segundo artículo implica dos consecuencias que, aunque a priori nada parece tener relación con la música, fueron esenciales:
1.  A lo largo del S. XIX y XX se fundarían escuelas de música en todas las poblaciones importantes del Estado Español. Al igual que se consideraba imprescindible el acceso del ciudadano a la enseñanza básica, acabaría cuajando la idea de que también tenían derecho a la educación musical.
2. La formación profesional de la música no se consideraría independiente de la educación general: no se podía tener el diploma profesional de música sin tener la formación general de base (lo que será graduado escolar y bachillerato durante mucho tiempo)

Otro artículo de la Constitución dice




Aunque actualmente sea un término confuso, en la creación de la carta magna debemos entender por bellas artes, además de las artes visuales, la música, el teatro y la danza. Pero la importancia de este artículo radica en que gracias a él, a lo largo del S. XIX se podrá justificar la creación de establecimientos de enseñanza musical, ateneos, sociedades de conciertos, bandas municipales, etc.

También la Constitución de 1812 contempla (como Jovellanos señalaba en sus Bases... ) el concepto de cómo el ciudadano, a través de la formación, adquiere la felicidad, pues el saber le permite conocer y conocerse mejor y adquirir unas garantías laborales.

Tales eran los progresos en materia musical, que conservamos relatos de músicos que se sentían completamente desolados al no conseguir ser alumnos de este sistema; Liszt fue uno de ellos (el Reglamente del Conservatorio de París impedía la admisión a estudiantes extranjeros y por ello fue rechazado).

Resumiendo, al igual que en el S. XIX se hizo eco y se llevaron a la práctica grandes avances en el ámbito educativo, ahora en el S. XXI se debe tener presente la capacidad de los educadores y de sus esfuerzos, a veces utópicos, a veces más tangibles, pero siempre de manera altruista y con entusiasmo, con el convencimiento de que la formación hará de nosotros personas más felices y mejores con nosotros mismos y con la sociedad.


Fuente: "La aportación de la Constitución de 1812 a la educación musical". Revista Scherzo.



  • Digg
  • Del.icio.us
  • StumbleUpon
  • Reddit
  • RSS

1 melodías:

Blin dijo...

Pinchar sobre las imágenes para ver la cita completa.
Disculpen las molestias.

Publicar un comentario